Fin de la moratoria de desahucios en España

Fin de la moratoria de desahucios en España

Este 26 de febrero de 2026 el Pleno del Congreso de los Diputados rechazó (por 177 votos en contra frente a 172 a favor) el Real Decreto-ley 2/2026, de 3 de febrero, que el Gobierno había aprobado para prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2026 la suspensión de desahucios y lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional, así como otras medidas del llamado “escudo social” (prohibición de corte de suministros básicos, etc.).

¿Qué ley se ha “despedido” exactamente?

La medida original proviene del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo (aprobado durante la pandemia de COVID-19). Esta norma suspendía los procedimientos de desahucio por impago de alquiler cuando el inquilino acreditaba vulnerabilidad económica y carecía de alternativa habitacional. Se había prorrogado sucesivamente (la última extensión vigente finalizaba el 31 de diciembre de 2025, según el Real Decreto-ley 1/2025). Al no convalidarse el nuevo decreto en el Congreso, la suspensión extraordinaria ha decaído y ya no produce efectos jurídicos.

¿Cómo afecta esto a los propietarios de viviendas en alquiler?

  • Reactivación inmediata de procedimientos: Los jueces pueden reanudar los lanzamientos que estaban paralizados por la moratoria (entre 30.000 y 60.000 casos acumulados desde 2020, según estimaciones de Asval y plataformas de inquilinos). Los propietarios pueden solicitar la continuación de los procesos judiciales pendientes.
  • Beneficio para pequeños propietarios: Aunque el decreto rechazado ya eximía a los dueños de dos o menos viviendas de la obligación de suspender el desahucio (dejando la responsabilidad de buscar alternativa habitacional a los servicios sociales), ahora ningún propietario está sujeto a la suspensión automática por vulnerabilidad del inquilino.

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